Desde Junta Ejecutiva Provincial de la ATECH convocamos a la docencia de la Región III a no iniciar o discontinuar todo trámite vinculado a la obtención del apto psicofísico solicitado por parte de autoridades del Ministerio de Educación (Inicialmente Nota N° 115/2022 de Reconocimientos Médicos de la Ciudad de Esquel, y luego Nota Nº 538/2022 STGES), por no ajustarse a lo previsto en el Estatuto Único del Personal Docente.
Por otro lado, teniendo en cuenta la cantidad de agentes, el número de exámenes médicos y consultas y la situación actual del sistema de salud público (sobredemandado) y privado (escasez de especialistas, demoras en los turnos, etc.) esta solicitud se haya por fuera de las posibilidades reales, fácticas, de ser llevado a cabo en los plazos señalados.
En la Nota Nº 115/2022 de la Dirección de Reconocimiento Médicos de la Ciudad de Esquel, inicialmente se invocó la autoridad de la Secretaría General de Gobierno, cosa que nunca había existido y que, por intervención de nuestra organización sindical, fue aclarada (Secretaría General de Gob. Nota Nº 103/2022). Sin embargo, las autoridades del Ministerio de Educación vuelven a insistir con el pedido de un apto psicofísico para todos los agentes en situaciones interinos y suplentes.
Esta última petición (Nota Nº 538/2022 STGES) sigue estando por fuera de los marcos del Estatuto Docente, que claramente señala que los estudios pre-ocupacionales deben correr ciento por ciento a cargo del empleador.
Capítulo VII de los Deberes y Derechos, artículo 18 inciso r:
“Someterse a un reconocimiento médico pre-ocupacional o de permanencia. Si al inicio de su actividad como docente el aspirante aún no contare con su certificado de aptitud psico-física, la Provincia instrumentará los medios para efectuar estos exámenes en un plazo no mayor de Cuatro Meses. Durante este período el docente tendrá un alta condicional. Si vencido dicho plazo el docente, por responsabilidad propia, no hubiera presentado el certificado de aptitud, cesará en sus funciones, lo mismo que si de los estudios realizados resultase no apto para la función. Si resultare apto para la función, el alta condicional se convertirá en definitiva. Capítulo VII de los Deberes y Derechos”.
Además, en el en el artículo 17 inciso q, del citado capítulo, señala de modo explícito:
“A realizarse el examen pre-ocupacional gratuito al inicio de la docente dentro de los cuatro meses del inicio dela actividad docente. De no cumplirse el plazo referido, se presumirá el cien por ciento (100%) de aptitud para la tarea.”
La educación pública agredida, desfinanciada, y con una docencia con salarios de pobreza debe decir basta de vueltas y de atropellos, en la Región III y en toda la provincia. Llamamos a no iniciar y, en todo caso, no continuar dichos trámites de salud hasta tanto el empleador, el Estado provincial, no encuadre su accionar al respecto de los estudios pre-ocupacionales, en los marcos estatutarios vigentes y por lo mismo, garantice dichos trámites sin ningún costo económico para la docencia.